Ya no es obligatorio registrar los contratos de alquiler en AFIP

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido suprimir la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales destinados a vivienda. Esta medida busca simplificar la carga administrativa de los contribuyentes, alineándose con la reciente derogación de la Ley de Alquileres.

Nuevas Obligaciones para Beneficios Fiscales

A pesar de la eliminación del registro obligatorio de los contratos de alquiler, los contribuyentes que deseen acceder a beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, así como en los impuestos sobre Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos de alquiler. Este registro deberá realizarse en el servicio «Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI» a través de la web de AFIP utilizando clave fiscal. El plazo para hacerlo es hasta el 30 de septiembre de 2024, o dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato.

En caso de que los inmuebles pertenezcan a residentes en el exterior, la obligación de registrarlos recae en sus representantes en Argentina, independientemente de la modalidad de representación que utilicen. Además, el registro también incluye los contratos de locación celebrados de manera electrónica mediante plataformas digitales o aplicaciones móviles.

Categorías de Registro y Requisitos en Contratos de Alquiler

Los contribuyentes deberán clasificar cada contrato bajo alguna de las siguientes categorías: Locador Urbano, Arrendador, Locador Temporario, o Locador de Superficies dentro de Bienes Inmuebles. Asimismo, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Poseer CUIT activa.
  • Mantener actualizado el domicilio fiscal ante la AFIP.
  • Constituir un Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Actualizar la información respecto a las actividades económicas en el «Sistema Registral».

Para aquellos que ya han registrado sus contratos, no será necesario volver a hacerlo, a menos que se realicen modificaciones o actualizaciones en los mismos.

Es importante destacar que las operaciones realizadas en moneda extranjera deberán informarse en pesos argentinos, utilizando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente al cierre del día hábil anterior a la celebración del contrato.

Eliminación del Impuesto a las Ganancias

En el marco de la Resolución General Nro. 5547/2024, la AFIP también ha eliminado la obligación de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para empleados en relación de dependencia. Este documento era necesario para acceder a las deducciones del 40% y 10% de las sumas pagadas por el alquiler de una vivienda.

Estas medidas se suman a otras disposiciones recientes, como la eliminación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), la simplificación de obligaciones para productores agropecuarios, y la flexibilización del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA). Todas estas acciones tienen como objetivo principal facilitar el comercio exterior y reducir la carga administrativa sobre los contribuyentes.

Con estas decisiones, la AFIP continúa en su camino hacia la simplificación de trámites y la eliminación de barreras burocráticas, beneficiando tanto a los contribuyentes como al desarrollo económico del país.