Polémica modificación por decreto de la Ley de Glaciares

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Se encuentra en marcha un decreto presidencial que modificará ciertos aspectos de la Ley 26.639, conocida como la Ley de Glaciares, con el propósito de redefinir las zonas clasificadas como áreas de protección y permitir nuevas actividades económicas en entornos periglaciares. Las principales críticas se dirigen a la potencial ampliación de la extracción minera e hidrocarburífera en estos espacios, considerados hasta ahora estratégicos para la conservación hídrica.

¿Qué comprende actualmente la Ley de Glaciares?

La Ley 26.639 fue sancionada el 30 de septiembre de 2010 y reglamentada en febrero de 2011. Establece presupuestos mínimos que protegen a los glaciares y al ambiente periglacial como reservas de agua, recursos científicos, biodiversidad y patrimonio turístico. Prohíbe la instalación de industrias, actividades mineras e hidrocarburíferas, la construcción de infraestructura no científica y la liberación de químicos sin control. El incumplimiento conlleva multas que oscilan entre 100 y 100.000 sueldos del sector público, además de la suspensión y cese definitivo de actividades.

Definición restringida de zonas protegidas

El decreto proyectado busca recortar las áreas protegidas del periglacial, limitándolas únicamente a aquellas cubiertas por roca o escombros activos que: Tengan una superficie mínima de 1 ha.

Permanezcan al menos dos años en esas condiciones.

Cumplan una función hídrica relevante.

Están incluidas en el Inventario Nacional de Glaciares.

Esto dejaría fuera amplias zonas cordilleranas que hoy gozan de protección automática.

Ampliación de actividades permitidas

Se habilitarán nuevas actividades dentro de la zona periglacial, incluyendo:Instalación de industrias.

Explotación minera e hidrocarburífera.

Vertido de productos químicos o residuos.

Construcción de obras no vinculadas a ciencia.

Autonomía provincial

También se pretende transferir mayor capacidad decisoria sobre estas áreas a las provincias, con el argumento de dotar de “seguridad jurídica” a inversores locales y extranjeros.

Argumentos oficialistas: inversión y seguridad jurídica

El Gobierno, mediante el Ministerio de Economía a cargo de Luis Caputo y la Secretaría de Energía, coordinada por María Tettamanti, ha defendido la medida alegando: Necesidad de brindar certidumbre legal a proyectos de inversiónContinuidad en la exigencia de estudios de impacto ambiental.

Mantención de protección para glaciares cubiertos y descubiertos, a pesar de la apertura en el periglacial.

Estos cambios ya habían sido esbozados a comienzos de la gestión en la redacción original de la Ley Bases, pero fueron eliminados por falta de respaldo legislativo.

Reacción académica

Especialistas del IANIGLA y del ámbito científico sanjuanino han criticado que una legislación ambiental no puede ser alterada por decreto, señalando que: “No es posible que un decreto modifique una ley. Las leyes ambientales deben ser políticas de Estado, no de gobierno”.Asimismo, han alertado sobre la falta de definiciones claras del ambiente periglacial y los riesgos para las reservas de agua.Advertencias de la ONUEn febrero de 2024, cinco relatores de derechos humanos de la ONU describieron la propuesta como “regresiva” y advirtieron que podría afectar el entorno necesario para defensores ambientales.

Impacto ambiental tangible

Desde organizaciones como Jóvenes por el Clima, se ha expresado:Que en Argentina existen alrededor de 16.000 glaciares en proceso de retroceso. Que el glaciar Perito Moreno perdió 1,92 km² en siete años: unas 320 canchas de fútbol.

¿Por qué importan los glaciares?

1. **Reservas hídricas estratégicas**: proveen agua para consumo humano, riego y recarga de cuencas.

2. **Regulación climática**: reflejan luz solar y moderan el clima.

3. **Valores ecológicos y científicos**: sostienen biodiversidad única y actúan como indicadores del cambio climático.

4. **Turismo**: glaciares como Perito Moreno y Upsala en el Parque Nacional Los Glaciares atraen visitantes de todo el mundo.

Riesgos y desafíos

Reducción abrupta de áreas protegidas implica degradación del ambiente periglacial. Descentralización de la gestión podría conducir a decisiones locales con mayor presión económica que ambiental. Vaguedad técnica sobre la definición de periglacial sin criterios científicos robustos. Posibles sanciones internacionales y pérdida de credibilidad en relaciones ambientales.

Caminos posibles hacia una regulación equilibrada

Establecer criterios técnicos definidos por científicos para clasificar áreas periglaciares. Fortalecer el federalismo ambiental integrando equipos técnicos provinciales.

Garantizar mecanismos de compensación hídrica si se habilitan nuevas actividades.

Mantener el Inventario Nacional de Glaciares actualizado y transparente.

Prever evaluaciones ambientales estratégicas antes de implementar decretos o normas similares.