La actualización de las prestaciones sociales administradas por la ANSES ha sido confirmada para julio de 2026, momento en el que la asignación por matrimonio del SUAF será elevada a $129.209. Este incremento será aplicado en el marco del sistema de movilidad vigente, mediante el cual los haberes y beneficios se ajustan periódicamente según la evolución de los precios.
De esta manera, el monto anterior de $126.489 será reemplazado tras aplicarse una suba del 2,15%, calculada en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, aunque con el redondeo técnico utilizado por el organismo previsional.
Se ha establecido que el beneficio será abonado bajo las condiciones habituales del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), manteniendo su carácter de pago único por evento matrimonial.
El incremento aplicado por ANSES ha sido determinado a partir de la fórmula de movilidad vigente, la cual toma como referencia la inflación registrada en meses previos. En este caso, el IPC de mayo ha sido utilizado como base de cálculo, incorporando dos decimales en la metodología oficial.
Como resultado de este mecanismo, ha sido fijado un aumento del 2,15%, ligeramente superior al 2,1% difundido inicialmente por las estimaciones generales del índice inflacionario.
Este tipo de actualización ha sido diseñado con el objetivo de que las prestaciones sociales mantengan su poder adquisitivo frente a los cambios económicos, evitando así la pérdida de valor real de los beneficios otorgados por el sistema previsional.
Con la aplicación del ajuste correspondiente, la asignación por matrimonio quedará establecida en $129.209 a partir de julio de 2026.
Es importante destacar que el monto será determinado en función del mes en el que se registre el matrimonio civil, y no de la fecha en la que se realice el trámite administrativo. Por este motivo, todas las uniones celebradas durante julio de 2026 recibirán automáticamente el valor actualizado.
El pago continuará siendo considerado un beneficio extraordinario dentro del SUAF, siendo liquidado una sola vez por cada matrimonio acreditado ante el organismo.
Quiénes pueden acceder a la asignación por matrimonio del SUAF
La asignación por matrimonio gestionada por ANSES está dirigida a determinados grupos de trabajadores y beneficiarios del sistema contributivo.
Entre los titulares habilitados se incluyen:
- Trabajadores en relación de dependencia registrados.
- Trabajadores temporarios con aportes vigentes.
- Personas que perciben la prestación por desempleo.
- Veteranos de la Guerra de Malvinas.
En todos estos casos, el beneficio es reconocido siempre que se cumplan las condiciones laborales y administrativas exigidas por el organismo.
Por otro lado, se encuentra establecido que no corresponde el cobro a jubilados ni pensionados, incluso si forman parte del sistema previsional. Tampoco es otorgado a monotributistas, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) ni titulares de la Asignación por Embarazo.
Requisitos exigidos por ANSES para cobrar el beneficio
Para que la asignación por matrimonio sea otorgada, deben ser cumplidos una serie de requisitos formales que son verificados por ANSES antes de la aprobación del pago.
Entre las condiciones principales se destacan:
- Debe ser presentada la documentación que acredite el matrimonio civil.
- Los datos personales deben encontrarse correctamente actualizados en la plataforma Mi ANSES.
- Se exige una antigüedad mínima de seis meses en la actividad laboral al momento de la celebración del matrimonio.
- El trámite debe ser iniciado dentro de los dos meses posteriores al casamiento, con un plazo máximo de hasta dos años para su gestión.
- Deben ser respetados los topes de ingresos establecidos por el SUAF, fijados en $3.034.844 por individuo y $6.069.688 por grupo familiar.
El cumplimiento de estos requisitos es evaluado de forma estricta, y el beneficio solo es aprobado cuando toda la documentación se encuentra en regla.
Cómo se tramita la asignación por matrimonio del SUAF
El proceso de solicitud del beneficio puede ser realizado a través de dos modalidades habilitadas por ANSES: de manera presencial o mediante la plataforma digital.
En el caso del trámite presencial, deberá ser solicitada un turno en una oficina del organismo previsional. Allí se presentará la documentación correspondiente para su evaluación.
Por otro lado, también se encuentra disponible la gestión online a través de Mi ANSES, donde los datos personales y el certificado de matrimonio pueden ser cargados digitalmente para su validación.
En ambos casos, el pago será acreditado una vez que la solicitud haya sido aprobada y validada por el sistema.
