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Empresas Estatales Pasarán a ser Sociedades Anónimas

Sociedades Anónimas copia

El Gobierno nacional ha anunciado un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que marcará un cambio significativo en la estructura de las empresas con participación estatal. Según lo anticipado por el presidente Javier Milei en un mensaje transmitido por cadena nacional, este DNU establece una metamorfosis para que estas empresas abracen la forma de sociedades anónimas, allanando así el camino hacia su eventual privatización.

De Entidades Estatales a Sociedades Anónimas

El capítulo II del DNU, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial, se centra en la “transformación de empresas del Estado en Sociedades Anónimas”. Este cambio trascendental redefine la estructura y dinámica de las empresas con participación estatal, adoptando las sociedades anónimas como el nuevo estándar.

Amplio Alcance de la Transformación

El artículo 48 del decreto establece de manera contundente que “las sociedades o empresas con participación del Estado, de cualquier tipo o forma societaria adoptada, se transformarán en Sociedades Anónimas”.

Este mandato incluye a las empresas estatales sin forma jurídica societaria, así como a las Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, Sociedades de Economía Mixta y otras organizaciones societarias donde el Estado nacional tenga injerencia en el capital o en decisiones societarias, pero que aún no estén constituidas como sociedades anónimas.

Nueva Dinámica Empresarial como Sociedades Anónimas

El artículo 50 enfatiza que las empresas en las que el Estado nacional sea accionista no disfrutarán de privilegios de derecho público. Además, el Estado Nacional no podrá otorgar ventajas en la contratación o adquisición de bienes y servicios, ni priorizar ni conceder beneficios en ninguna relación jurídica en la que participe.

El artículo 51 establece plazos claros: “Se establece un período máximo de transición de 180 días a partir del dictado del presente para que la autoridad de aplicación proceda a la aplicación del artículo 48 y la inscripción de las sociedades transformadas en los Registros Públicos de Comercio que corresponda”.

En última instancia, es crucial destacar que “la Ley N° 24.156 y demás normativa de control del sector público solo será aplicable cuando, en las Sociedades Anónimas producto de la transformación determinada en el presente, el Estado posea participación accionaria mayoritaria”. Este cambio profundo redefine la relación entre el Estado y las empresas, marcando el comienzo de una nueva era empresarial en Argentina.

La revolución empresarial desencadenada por el DNU representa un cambio radical en la estructura de las empresas estatales en Argentina. La adopción de esta forma y la eliminación de privilegios marcan un paso significativo hacia la privatización. Con plazos definidos, este proceso transformador redefine la dinámica empresarial y sienta las bases para una nueva era de relaciones entre el Estado y las empresas.

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