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Plan de Inocenca Fiscal II: Luis Caputo presentó los cambios para formalizar dólares y flexibilizar Ganancias

El Gobierno presentó una nueva iniciativa destinada a modificar el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias y a facilitar la incorporación al sistema formal de los ahorros que permanecen fuera del circuito financiero. El proyecto, denominado Plan de Inocenca Fiscal II, fue anunciado por el ministro de Economía, Luis Caputo, quien aseguró que el objetivo central será otorgar mayor previsibilidad a los contribuyentes y reducir los riesgos asociados a la declaración de fondos.

Durante una conferencia de prensa, el funcionario explicó los principales aspectos de la propuesta que será enviada al Congreso. La iniciativa fue elaborada luego de las críticas formuladas por contadores y especialistas en materia tributaria, quienes habían advertido sobre algunas dificultades prácticas y sobre la posibilidad de que determinados contribuyentes perdieran los beneficios del régimen ante diferencias detectadas en sus declaraciones juradas.

El proyecto buscará modificar algunos puntos de la normativa vigente sin alterar el espíritu original de la reforma. Desde el Gobierno se sostiene que la intención será facilitar la formalización de los ahorros y promover una mayor circulación de los dólares que se encuentran fuera del sistema bancario.

Plan de Inocenca Fiscal II: qué propone el Gobierno

La propuesta presentada por Luis Caputo estará orientada a flexibilizar el Régimen Simplificado de Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias, administrado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

El objetivo será que los contribuyentes puedan declarar y utilizar sus ahorros con mayor seguridad jurídica. Según la visión oficial, durante años una parte de la población habría mantenido dinero fuera del sistema debido a las restricciones existentes para acceder libremente al mercado cambiario y a la incertidumbre generada por los controles fiscales.

Por ese motivo, se buscará establecer un marco en el que determinados fondos puedan ser incorporados al circuito formal sin que los contribuyentes sean expuestos automáticamente a sanciones o investigaciones por diferencias que no resulten significativas.

La iniciativa será presentada como una segunda etapa de la reforma tributaria impulsada previamente por el Gobierno. De allí surgirá la denominación Plan de Inocenca Fiscal II, que estará enfocada en corregir los aspectos que habían generado dudas entre los profesionales del área.

“Tener los dólares bajo el colchón es un muy mal negocio”

Durante su exposición, Caputo defendió la necesidad de que los ahorros sean incorporados al sistema financiero. En ese contexto, fue sostenido que mantener los dólares guardados sin generar ningún rendimiento puede representar una pérdida de poder adquisitivo con el paso del tiempo.

El argumento se basó en que incluso la moneda estadounidense se encuentra afectada por la inflación. Por lo tanto, el valor real de una suma de dólares puede disminuir a lo largo de los años si el dinero permanece inmovilizado.

Como ejemplo, se explicó que una persona que hubiera guardado 100.000 dólares durante dos décadas podría haber obtenido una suma considerablemente mayor si esos fondos hubieran sido invertidos y hubieran generado una rentabilidad anual promedio.

Desde la perspectiva oficial, el dinero que permanece fuera del sistema no contribuye al crecimiento económico. En cambio, si los ahorros son formalizados y canalizados hacia inversiones, créditos o actividades productivas, podría favorecerse la expansión de la economía.

Qué cambios se buscan introducir en el régimen simplificado

Uno de los principales objetivos del proyecto será modificar los mecanismos que podrían provocar la exclusión de un contribuyente del régimen simplificado.

Las críticas de contadores y tributaristas se habían concentrado en el riesgo de que una diferencia detectada por ARCA pudiera generar la pérdida de los beneficios previstos por la normativa. Para evitar esa situación, se buscará permitir que las declaraciones juradas sean rectificadas cuando existan inconsistencias.

De esta manera, el contribuyente tendría la posibilidad de corregir la información presentada y regularizar su situación sin quedar automáticamente fuera del régimen.

También se buscará eliminar determinados topes que actualmente podrían limitar el acceso o la permanencia en el esquema. La intención sería otorgar mayor flexibilidad y reducir la incertidumbre que enfrentan las personas que desean formalizar sus ahorros.

Otro de los puntos centrales del Plan de Inocenca Fiscal II estará relacionado con las facultades de ARCA para cuestionar las declaraciones juradas.

Según la propuesta, una declaración no podría ser objetada únicamente a partir de diferencias menores o inconsistencias de escasa importancia. Para que una observación tenga consecuencias, deberán ser demostradas diferencias significativas mediante información objetiva.

Con esta modificación se buscaría otorgar mayor previsibilidad al sistema tributario. El contribuyente podría contar con una presunción de exactitud de la información declarada, siempre que no se detecten elementos concretos que demuestren una diferencia relevante.

El objetivo será que los contribuyentes puedan realizar sus declaraciones con mayor confianza y que los controles se concentren en situaciones realmente significativas.

La iniciativa también contempla un tratamiento particular para los fondos utilizados por los contribuyentes alcanzados por la presunción de exactitud prevista en la normativa.

Según el proyecto, ese esquema especial se mantendría hasta el 31 de diciembre de 2027. La medida tendría como finalidad otorgar un período de previsibilidad para quienes decidan incorporar sus ahorros al circuito formal.

El plazo permitiría que las personas y las sucesiones indivisas comprendidas en el régimen puedan organizar sus decisiones financieras con mayor claridad.

A su vez, se busca que la formalización no sea percibida como una amenaza para quienes poseen ahorros que no habían sido incorporados previamente al sistema.

Qué contribuyentes podrían acceder al régimen

El régimen estará destinado a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que cumplan con determinados requisitos.

Durante los tres ejercicios fiscales considerados, deberán haberse registrado ingresos de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones. Además, no deberán encontrarse categorizados por ARCA como grandes contribuyentes nacionales.

La propuesta estará enfocada principalmente en contribuyentes que no forman parte de los grandes grupos económicos y que necesitan contar con un esquema más sencillo para cumplir con sus obligaciones fiscales.

La idea será que el sistema pueda ser utilizado por quienes desean regularizar su situación y operar dentro de la economía formal sin enfrentar procedimientos excesivamente complejos.

Entre las modificaciones previstas también se contempla un tratamiento especial para quienes hayan regularizado previamente ajustes vinculados con el Impuesto a las Ganancias o el IVA.

En determinados casos, podrán ser excluidas algunas multas cuando el contribuyente haya corregido su situación y posteriormente adhiera al régimen simplificado.

Además, se mantiene la posibilidad de que ARCA se abstenga de promover una denuncia penal cuando la deuda sea regularizada antes de que se inicie una causa judicial o cuando el monto adeudado, junto con sus intereses y recargos, sea cancelado dentro de los plazos establecidos.

El objetivo será priorizar la regularización de las obligaciones tributarias y evitar que los incumplimientos deriven automáticamente en procesos penales cuando la situación pueda ser corregida.

Cómo se modificaron los montos para los delitos de evasión

La reforma tributaria vigente ya había elevado considerablemente los montos mínimos necesarios para configurar determinados delitos tributarios.

En el caso de la evasión simple, el umbral había sido elevado de $1,5 millones a $100 millones. Para la evasión agravada, el monto había pasado de $15 millones a $1.000 millones.

También fueron actualizados los valores relacionados con otras conductas, como la utilización de facturación apócrifa, la apropiación de impuestos retenidos y el aprovechamiento indebido de beneficios fiscales.

Estas modificaciones habían sido incorporadas con el objetivo de adecuar los montos a la evolución de la economía y evitar que incumplimientos de menor escala quedaran alcanzados por las figuras penales más graves.

El reclamo de los contadores y la prórroga de Ganancias

La presentación del proyecto se produjo después de que el Gobierno decidiera extender el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025.

La nueva fecha fue fijada para el 27 de agosto, mientras que el vencimiento del pago se mantuvo para el 27 de julio. Además, el primer anticipo del impuesto fue reprogramado para septiembre.

La decisión fue tomada después de reuniones entre el Ministerio de Economía, ARCA y los consejos profesionales de ciencias económicas.

Los contadores habían solicitado más tiempo para cumplir con las obligaciones y habían planteado modificaciones al régimen simplificado debido a las dificultades operativas que se estaban generando.

Las observaciones realizadas por los profesionales fueron incorporadas al análisis que terminó derivando en la elaboración del nuevo proyecto.