Archivo Ley de Alquileres: Principales Reformas tras el DNU de Milei

Ley de Alquileres: Principales Reformas tras el DNU de Milei

Ley de Alquileres

En medio de la derogación de la Ley de Alquileres y la promulgación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado el jueves en el Boletín Oficial, se establece un nuevo conjunto de normas para los alquileres de propiedades destinadas a la residencia.

El reconocido abogado Sebastián Domínguez ha detallado los nueve aspectos más destacados de estos cambios en la Ley de Alquileres:

  1. Acuerdos en Multimoneda: Uno de los cambios significativos es que los contratos de arrendamiento ahora pueden realizarse en cualquier moneda extranjera, ofreciendo a las partes una mayor flexibilidad en los acuerdos financieros.
  2. Obligación de Pago en Moneda Acordada: Bajo las nuevas regulaciones, se exige que los inquilinos realicen los pagos en la moneda especificada en el contrato, evitando disputas por fluctuaciones cambiarias.
  3. Limitaciones Judiciales: Los jueces ya no tienen la autoridad para modificar la moneda acordada, brindando claridad y estabilidad legales a los contratos de arrendamiento.
  4. Ajustes Anuales Flexibles: Las regulaciones actualizadas permiten que las partes acuerden cualquier forma de ajuste anual de alquiler, permitiendo adaptabilidad frente a cambios económicos.
  5. Eliminación del Plazo Mínimo de Arrendamiento: Se ha eliminado el requisito de un período mínimo de arrendamiento, brindando mayor libertad tanto a propietarios como inquilinos para determinar la duración de sus acuerdos.
  6. Responsabilidad por Mejoras en la Propiedad: Un cambio notable es que los propietarios ya no están obligados a cubrir los costos de las mejoras realizadas por los inquilinos a menos que se acuerde explícitamente.
  7. Ampliación de Causas para la Rescisión por Parte del Propietario: Los propietarios ahora tienen el derecho de rescindir el contrato por cualquier incumplimiento, sin limitarse a las tres causas específicas delineadas en el Código Civil y Comercial.
  8. Limitaciones en los Derechos de Rescisión del Inquilino: Los inquilinos ya no pueden rescindir unilateralmente el contrato si la propiedad se vuelve inhabitable debido a daños causados por el propio inquilino, ya sea de forma directa o indirecta.
  9. Opción de Resolución Anticipada del Contrato: Introduciendo flexibilidad, las partes ahora tienen la opción de resolver el contrato anticipadamente en cualquier momento, siempre que se pague un 10% del monto restante del alquiler. Por ejemplo, los inquilinos ya no están obligados a esperar seis meses desde la firma del contrato para rescindir.

Estos cambios normativos representan un cambio de paradigma significativo en el panorama de alquiler residencial en Argentina.

La flexibilidad y claridad recién encontradas buscan fomentar una relación más equilibrada entre propietarios e inquilinos.

Noticias de Zona Norte: