La despuesta sindical ante la limitación del derecho a huelga

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El derecho a huelga, consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional Argentina, es una herramienta fundamental para la defensa de los derechos laborales. Sin embargo, recientes medidas gubernamentales han generado preocupación respecto a su vigencia y alcance. En particular, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, emitido por el presidente Javier Milei, ha sido objeto de controversia por las restricciones que impone al ejercicio de este derecho. La Confederación General del Trabajo (CGT) ha respondido presentando un amparo judicial para impugnar la validez del decreto.

El DNU 70/2023 y sus Restricciones al Derecho a Huelga

El DNU 70/2023 introduce modificaciones significativas en la legislación laboral argentina. Entre sus disposiciones más controvertidas se encuentra la ampliación de la lista de «servicios esenciales», lo que implica que una mayor cantidad de actividades deben garantizar un porcentaje mínimo de funcionamiento incluso durante medidas de fuerza. Por ejemplo, sectores como la salud, la educación, el transporte y las telecomunicaciones deben mantener al menos un 75% de operatividad, mientras que otras áreas, como la industria y los servicios bancarios, deben asegurar un 50%.

Esta ampliación de los servicios esenciales limita de facto la capacidad de los trabajadores para ejercer el derecho a huelga, ya que impone condiciones que dificultan la implementación efectiva de medidas de fuerza.

La Respuesta de la CGT: Amparo Judicial y Argumentos Legales

Ante estas restricciones, la CGT presentó un amparo judicial solicitando la declaración de invalidez del DNU 70/2023. La central sindical argumenta que el decreto vulnera derechos constitucionales y tratados internacionales ratificados por Argentina, como los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que protegen la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva.

Además, la CGT sostiene que el DNU fue dictado sin cumplir con los requisitos de necesidad y urgencia establecidos en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional. En particular, se cuestiona que el decreto se haya emitido en un contexto de funcionamiento normal del Congreso, lo que permitiría el tratamiento legislativo ordinario de las reformas propuestas.

Decisiones judiciales: Suspensión parcial del DNU

La justicia laboral ha intervenido en la controversia, dictando medidas cautelares que suspenden parcialmente los efectos del DNU 70/2023. En particular, se han invalidado seis artículos del decreto, incluyendo el artículo 97, que establece las restricciones al derecho a huelga.

Estas decisiones judiciales reflejan la preocupación por la posible inconstitucionalidad de las reformas introducidas por el DNU y su impacto en los derechos laborales fundamentales.

El debate político y social en torno al derecho a huelga

La emisión del DNU 70/2023 y la respuesta judicial han generado un intenso debate en la sociedad argentina. Mientras el gobierno defiende las reformas como necesarias para la estabilidad económica, diversos sectores sociales y políticos expresan su preocupación por el debilitamiento de los derechos laborales y la concentración de poder en el Ejecutivo.

Organizaciones de derechos humanos, como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), han denunciado que el decreto avanza sobre derechos reconocidos por la Constitución y responde a un ajuste económico más que a la protección de la población.