Archivo Nuevas Disposiciones en las Indemnizaciones, Períodos de Prueba y Despidos

Nuevas Disposiciones en las Indemnizaciones, Períodos de Prueba y Despidos

Indemnizaciones

En un movimiento inesperado, el presidente Javier Milei ha firmado un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que introduce significativas transformaciones en el ámbito laboral argentino. Entre las modificaciones más destacadas se encuentran la ampliación del período de prueba, la inclusión de bloqueos o tomas de establecimientos como motivo de despido y alteraciones en el sistema de indemnizaciones.

Ampliación del Período de Prueba: ¿Oportunidad o Riesgo?

El artículo 71 del decreto establece ajustes en el período de prueba del trabajador. Según la norma, el contrato de trabajo por tiempo indeterminado se considerará celebrado a prueba durante los primeros ocho (8) meses de vigencia. Durante este lapso, ambas partes podrán extinguir la relación sin expresión de causa, sin derecho a indemnización, pero con la obligación de preavisar según lo establecido en los artículos 231 y 232.

No obstante, se establecen reglas para evitar el abuso del período de prueba, prohibiendo a un empleador contratar al mismo trabajador más de una vez bajo esta modalidad. Además, se advierte que el uso abusivo con el fin de evitar la efectivización de trabajadores conllevará sanciones previstas en los regímenes sobre infracciones a las leyes laborales.

Durante el período de prueba, el trabajador tiene derecho a prestaciones por accidente o enfermedad laboral, así como por accidente o enfermedad inculpable.

Despido por Bloqueos: Cambios en las “Justas Causas”

El artículo 80 introduce modificaciones en las “justas causas” de despido, señalando que la participación en bloqueos o tomas de establecimiento constituye injuria laboral grave. Se presume la existencia de injuria grave durante una medida de acción directa que afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la misma, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas, impidiendo el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento.

Alteraciones en el Régimen de Indemnizaciones

El artículo 81 del DNU establece cambios en el régimen de indemnización por antigüedad o despido. En casos de despido sin justa causa, después del período de prueba, el empleador deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses. La base de cálculo es la mejor remuneración mensual, normal y habitual, devengada durante el último año o el tiempo de prestación de servicios, si este fuera menor.

Para trabajadores remunerados a comisión o con remuneraciones mensuales variables, se aplicará el promedio de los últimos 6 meses, o del último año si fuera más favorable al trabajador. Esta base no podrá exceder el equivalente de 3 veces el importe mensual resultante del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador, al momento del despido.

Como novedad, el DNU ofrece la opción a los empleadores de contratar un sistema privado de capitalización para solventar la indemnización prevista o la suma pactada en caso de desvinculación por mutuo acuerdo.

Prevención de la Discriminación Laboral

La norma introduce un “agravamiento indemnizatorio por despido motivado por un acto discriminatorio”. Se considerará despido por discriminación aquel originado por motivos de etnia, raza, nacionalidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, religión, ideología u opinión política o gremial. Este acto tendrá como resultado el pago de Indemnizaciones a los trabajadores afectados.

Otros Puntos Destacados

  • En el ámbito de las convenciones colectivas de trabajo, la norma establece que solo se mantendrán vigentes las normas referidas a las condiciones de trabajo hasta tanto entre en vigencia una nueva convención colectiva o exista un acuerdo de partes que la prorrogue.
  • En relación a las actividades sindicales, se destaca el derecho a convocar asambleas y congresos de delegados sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros. Se prohíben conductas como afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza, bloquear o tomar un establecimiento, así como impedir total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento.

Las transformaciones laborales introducidas por el presidente Javier Milei buscan desregulan las relaciones laborales en Argentina. La ampliación del período de prueba, las modificaciones en las “justas causas” de despido y las alteraciones en el régimen de Indemnizaciones plantean nuevos desafíos y oportunidades tanto para empleadores como trabajadores.

Estas medidas, aunque generan debate, podrían tener un impacto significativo en el panorama laboral del país.

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