Caso $LIBRA: apelaron el sobreseimiento de Javier Milei y cuestionan la investigación judicial

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El caso $LIBRA sumó un nuevo capítulo judicial luego de que Juan Patricio Marchetto, uno de los primeros inversores que denunciaron haber sufrido pérdidas por el lanzamiento y posterior desplome de la criptomoneda, apelara el sobreseimiento de Javier Milei, Karina Milei y los otros nueve imputados. A través de un recurso presentado ante la Justicia, se solicitó que sea revisada la decisión que dispuso el cierre de la investigación.

La presentación fue patrocinada por los abogados Juan Grabois y Nicolás Rechanik, quienes cuestionaron los fundamentos de la resolución dictada por el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi y la actuación del fiscal Eduardo Taiano. Según los argumentos expuestos, la causa habría sido cerrada sin que se completaran todas las medidas de prueba consideradas relevantes para esclarecer los hechos.

El recurso constituye la primera impugnación contra los sobreseimientos dictados en el expediente. Otros denunciantes también anticiparon que recurrirán la decisión, aunque algunos fueron apartados de su condición de querellantes durante el proceso.

Marchetto ya no integra formalmente esa acusación particular, luego de que su exclusión fuera confirmada por la Cámara Federal. Sin embargo, su planteo para recuperar esa condición todavía debe ser resuelto por la Cámara Federal de Casación Penal. Frente a esa situación, sostuvo que el cierre de la investigación debía ser cuestionado antes de que la discusión sobre su participación perdiera sentido.

El planteo vuelve a poner bajo análisis la actuación de los funcionarios judiciales, las diligencias que quedaron pendientes y los elementos reunidos desde la difusión pública de la criptomoneda en febrero de 2025.

Uno de los principales ejes de la apelación está relacionado con los fundamentos utilizados para disponer los sobreseimientos. En el escrito se plantea una diferencia entre considerar que no existen pruebas suficientes para acreditar un delito y concluir que los hechos investigados no constituyen una conducta delictiva.

Desde la perspectiva de Marchetto, la resolución judicial habría descartado la continuidad de la pesquisa sin explicar de manera suficiente por qué correspondía dar por terminada la investigación. Por ese motivo, se solicitó que los argumentos sean revisados y que se evalúe la necesidad de completar las diligencias pendientes.

Las críticas también fueron dirigidas contra el fiscal Eduardo Taiano. En el recurso se le atribuyeron demoras en la producción de pruebas, la falta de convocatoria a determinados testigos y la ausencia de solicitudes de indagatoria para los acusados. Asimismo, se cuestionó que hubiera sido promovido el cierre del expediente mientras todavía quedaban medidas de investigación por realizar.

En la presentación se sostuvo que, cuando una fiscalía considera necesarias determinadas diligencias y luego impulsa la clausura definitiva del proceso antes de que sus resultados sean conocidos, debe ofrecerse una explicación especialmente rigurosa sobre ese cambio de criterio.

Entre las medidas que se reclamó profundizar figuran las pericias sobre los teléfonos de Orlando Mellino y Camilo Rodríguez Blanco, cuyos nombres aparecen en el expediente por haber recibido fondos del empresario estadounidense Hayden Davis, vinculado con el proyecto de la criptomoneda.

También se objetó que no hubieran sido convocados a declarar Ariel Parkinson, Arturo Osete Herraiz, Marcelo y Leandro Aranda, además de Yanina Nicoletti, quien había sido la primera abogada de Davis en la Argentina.

Para el inversor, tanto esas diligencias como la falta de indagatorias de los once imputados debían ser consideradas antes de resolver el cierre definitivo de la causa.

El planteo central consiste en determinar si la investigación fue concluida cuando todavía existían elementos que podían contribuir al esclarecimiento de los hechos. La apelación busca que esos puntos sean revisados por la instancia judicial correspondiente.

Las llamadas de Javier Milei antes de la publicación sobre la criptomoneda

Otro de los aspectos destacados en el recurso está relacionado con las comunicaciones entre Javier Milei y Mauricio Novelli, uno de los organizadores del proyecto investigado, durante los minutos previos a la publicación presidencial que promocionó $LIBRA en la red social X.

El mensaje fue difundido el 14 de febrero de 2025 y generó una fuerte repercusión en el mercado de criptoactivos. Posteriormente, el precio del token sufrió un desplome que dio lugar a denuncias de inversores que afirmaron haber registrado pérdidas económicas.

De acuerdo con los registros mencionados en la apelación, Novelli habría llamado al Presidente a las 18:44:32, 18:54:38 y 18:58:02. También se consignó una llamada entrante del operador a las 18:56:22. La publicación de Milei sobre la criptomoneda apareció a las 19:01:22.

La proximidad temporal entre esas comunicaciones y el mensaje presidencial fue señalada como uno de los elementos que deberían analizarse en profundidad. No obstante, esos registros, por sí solos, no permiten establecer el contenido de las conversaciones ni demostrar que haya existido una coordinación ilícita.

El escrito también hizo referencia a movimientos financieros que habrían sido realizados antes de que la criptomoneda se difundiera públicamente. Según la reconstrucción incorporada al planteo, 74 billeteras digitales efectuaron 87 transacciones por aproximadamente 13,5 millones de dólares unos 22 segundos antes de la publicación presidencial.

Para Marchetto, las comunicaciones, las operaciones financieras y el mensaje difundido por el mandatario deben ser examinados de manera conjunta para determinar si existió alguna coordinación entre los organizadores del proyecto y quienes operaron antes de su promoción pública.

Además, se reclamó que fuera profundizado el rastreo de los fondos aportados por los compradores, con el objetivo de identificar a sus destinatarios y establecer posibles vínculos con las personas involucradas en el lanzamiento.

La apelación, en ese sentido, busca que se reconstruya el recorrido del dinero y que se determine qué información estaba disponible para los distintos participantes antes de que el activo alcanzara una mayor difusión.

El informe tecnológico de la DATIP, bajo cuestionamiento

La evidencia digital también ocupa un lugar importante entre los argumentos presentados contra el cierre del caso $LIBRA. En particular, se cuestionó el tratamiento que recibió un informe elaborado por la Dirección General de Investigaciones y Asistencia Tecnológica (DATIP) a partir de dispositivos electrónicos secuestrados durante la investigación.

Al analizar ese material, el juez Marcelo Martínez De Giorgi consideró circunstancias vinculadas con una investigación administrativa por el presunto acceso indebido a documentación reservada. Sin embargo, Marchetto cuestionó que ese antecedente fuera utilizado en la evaluación del expediente sin que, según su planteo, se hubiera acreditado que la empleada investigada entregara documentos a una periodista o a terceros, ni que el informe tecnológico hubiera sido alterado.

Otro de los puntos señalados está relacionado con la fecha en que la fiscalía habría recibido un informe preliminar. Según lo expuesto en el recurso, ese material habría ingresado en noviembre de 2025, antes de que determinados documentos del expediente fueran publicados por medios de comunicación.

A partir de ese antecedente, el inversor puso en duda que la existencia del informe no hubiera sido comunicada oportunamente al juzgado y a las partes involucradas en el proceso.

La controversia gira en torno a cómo fue incorporada y evaluada la evidencia tecnológica, y a si su tratamiento pudo haber incidido en las conclusiones de la investigación. Para la parte apelante, esas circunstancias deben ser examinadas antes de que se considere definitivamente cerrado el expediente.

La discusión sobre el informe también se vincula con la necesidad de establecer qué información fue obtenida de los dispositivos electrónicos, cuándo estuvo disponible y qué valor probatorio podía tener para reconstruir los hechos investigados.